domingo, 13 de mayo de 2012



En México, la despenalización de la eutanasia podría convertirse próximamente en una realidad. El reconocimiento social de lo que es la práctica de la eutanasia se dio en primera instancia, cuando el Partido de la Revolución Democrática presentó en 2005 la primera iniciativa de ley para despenalizar la eutanasia. Esta iniciativa de ley no fue aprobada pero en 2006, el PRI presentó una segunda iniciativa, la cual tampoco fue ratificada, pero gracias a esto, se demostró el interés y la necesidad de despenalizarla. 

El próximo 13 de Noviembre, se presentará una tercera iniciativa para despenalizar únicamente la eutanasia pasiva; esta propuesta presenta buenas referencias, ya que el Tribunal Superior de Justicia, la Secretaría de Salud y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, se muestran a favor de ésta, además de que cuenta con el apoyo de parlamentarios de distintas fracciones de los partidos políticos, como son el PRI, el PRD e incluso del Partido Acción Nacional. Así mismo, esta iniciativa propone una primordial herramienta para lograr la despenalización, que es el testamento vital (documento en el cual se estipulan los deseos de las personas, en cuanto al cuidado y tratamiento médico que desean recibir en caso de enfermedades degenerativas, irreversibles y terminales). Como lo he mencionado anteriormente, aunque la despenalización de la eutanasia pasiva es un gran salto que está próximo a dar México en cuestión de la ampliación de las libertades personales de sus ciudadanos, es necesario que se incluya también, la despenalización de la eutanasia activa. Si sucediera esto, el desarrollo humano de nuestro país incrementaría, ya que la libertad de las personas se expandiría de tal manera que se demostraría que no existe discriminación alguna entre pacientes, además de que los individuos podríamos ejercer una completa autonomía. Para despenalizar la eutanasia activa, se tiene el excelente ejemplo de los Países mencionados en cuanto a la legislación y los parámetros legales que se necesitan para despenalizar esta práctica. Si se tomaran en cuenta y se adaptaran para que pudieran funcionar en nuestro país, la eutanasia activa también podría ser parte esencial del incremento de nuestro desarrollo humano.


La pregunta ahora es: ¿que tan preparados estamos los mexicanos para aplicarla?, ¿ustedes que opinan?.


"México listo para la eutanasia",[en línea].
 Agosto 2005, Julio 2006, [04 de Agosto de 2006]. 
Disponible en la Web:http://www.muertedigna.org/

Directa o Indirecta


La eutanasia se puede realizar por acción directa: proporcionando una inyección letal al enfermo, o por acción indirecta: no proporcionando el soporte básico para la supervivencia del mismo. En ambos casos, la finalidad es la misma: acabar con una vida enferma.
Esta acción sobre el enfermo, con intención de quitarle la vida, se llamaba, se llama y debería seguir llamándose homicidio. La información y conocimiento del paciente sobre su enfermedad y su demanda libre y voluntaria de poner fin a su vida, el llamado suicidio asistido, no modifica que sea un homicidio, ya que lo que se propone entra en grave conflicto con los principios rectores del Derecho y de la Medicina hasta nuestros días.


La eutanasia no es un problema nuevo y menos -como se cree- ligado al desarrollo de la medicina moderna. El sólo hecho de que el ser humano esté gravemente enfermo ha hecho que en las distintas sociedades la cuestión quede planteada. La eutanasia es un problema persistente en la historia de la humanidad en el que se enfrentan ideologías diversas.




Smith  . Jones ,Derek.(1996)

El derecho a morir: comprender la eutanasia.

Madrid, España:
Petirrojo


Argumento a favor de la eutanasia


- Toda persona es autónoma y tiene derecho a decidir sobre su vida.

- La persona, como paciente, tiene el máximo derecho en la toma de decisiones médicas que a ella se refieran.

- El documento de Voluntades Anticipadas es una herramienta que regularía el accionar médico ante situaciones donde el paciente pierda la capacidad, en el momento, para decidir sobre el accionar médico con respecto a su salud.

- Nuestra sociedad está fundamentada en la protección de los derechos humanos. Toda persona tiene derecho a decidir sobre todo cuanto se refiera a su cuerpo; por consecuente, decidir si     quiere o no seguir viviendo.


-La vida, en determinadas condiciones, puede llegar a ser indigna; condición que quebrantaría el derecho de la dignidad humana.

- No hay razón para aceptar una forma de existencia limitada, en la que son sacrificados familiares y amigos y hasta la propia persona.

- Una vida que no se puede vivir no es un privilegio, es un castigo. Que hace del ser humano tan sólo un caso clínico de interés.

- No es justo el someter al hombre a dolorosas situaciones, cuando se tiene el poder de evitarlo.


Progreso en el D.F


El próximo 8 de noviembre las comisiones de Derechos Humanos, Administración y Procuración de Justicia y de Salud de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal dictaminarán las propuestas que se han presentado respecto a la eutanasia para dar paso a las votaciones el 13 de ese mismo mes.

El diputado local Enrique Pérez Correa afirmó que hasta el momento la propuesta más avanzada es la ortotanasia, pues la discusión básicamente se centra en el testamento de vida y la voluntad anticipada.
Para quienes los temas no les sean tan familiares, aqui estan algunos conceptos de lo que se trata:
   La ortotanasia consiste en esperar que la muerte llegue en enfermos incurables y terminales atendiéndolos, con los máximos tratamientos paliativos para evitar sufrimientos. Se distingue de la eutanasia porque no pretende deliberadamente el deceso del paciente.
   El Testamento de vida es un tipo de instrucción por adelantado de carácter legal en el que una persona describe indicaciones específicas de tratamiento que deben seguir los médicos si la persona entra en la fase terminal y no se puede comunicar.
Con la voluntad anticipada una persona le comunica a su doctor y familia que si se está cerca de morir sin esperanza de recobrarse, no quiere recibir tratamientos médicos que prolongarán el proceso de su muerte.

" ACUERDAN DIPUTADOS REALIZAR FOROS SOBRE MATERNIDAD SUBROGADA Y EUTANASIA",[en línea].
Mayo 2012, [8 de mayo de 2012]. Disponible en la Web:
http://www.aldf.gob.mx/comsoc-acuerdan-diputados-realizar-foros-sobre-maternidad-subrogada-y-eutanasia--5861.html

Países que aprobaron la eutanasia



Sólo dos países, Holanda y Bélgica, tienen una legislación que permite la eutanasia. El 28 de noviembre del 2000, el Parlamento de Holanda aprobó una ley que permite la eutanasia y el suicidio con asistencia médica.



La ley de eutanasia de Holanda prohíbe su aplicación en personas menores de 17 años. La ley sobre eutanasia es muy precisa y la persona que quiera acogerse a ella debe cumplir estos requisitos:

                  •   El paciente debe solicitar la eutanasia de forma voluntaria.
                  •   El médico debe estar seguro que el sufrimiento del enfermo es insoportable y que el paciente no tiene          posibilidades de recuperación.
                  •   El paciente y el médico deben contar con una segunda opinión médica que certifique que el doctor del paciente ha cumplido con los requisitos de la eutanasia.
                  •   La terminación de la vida debe ser llevada a cabo en una forma médica apropiada


             Dos años después, Bélgica despenalizó la eutanasia. Desde el 23 de septiembre del 2002, los enfermos que están en fase terminal pueden solicitar la eutanasia cumpliendo ciertos requisitos:

              
              •   El paciente debe ser mayor de 18 años y estar mentalmente saludable.
              •   El paciente debe solicitar la eutanasia de forma voluntaria, bien considerada y repetidamente.
              •   El sufrimiento debe ser insoportable.
              •   El paciente debe estar bien informado de su situación y de otras alternativas.
              •   Un segundo médico debe confirmar que la enfermedad sea incurable y que el sufrimiento sea insoportable.
              •   El paciente siempre debe hacer su petición de eutanasia por escrito.
              •   La eutanasia debe ser asistida por un médico.


En América, el estado de Oregon es el único del continente que cuenta con una ley de muerte con dignidad. La legislación fue aprobada por los votantes en 1997.
La ley de eutanasia de Oregon establece requisitos similares a las legislaciones de Bélgica y Holanda. Pero a diferencia de esos países, en Oregon, el enfermo puede pedir al médico la prescripción de una sustancia letal. El paciente puede decidir dónde y cuándo desea morir.
La ley de Oregon no exige que haya médicos en el momento del suicidio ni obliga a los médicos a administrar la sustancia letal.